Guía del Pasajero

Equipaje / Deportivo

1. ARMAS

1.1- Condiciones Generales de Aceptación
- No está permitido retener en su poder o a su alcance, armas de fuego o de cualquier otro tipo, u objetos que se consideren peligrosos, y únicamente podrán ser transportados en la bodega del avión.

- Será responsabilidad del pasajero el que las armas y los objetos que puedan ser utilizados como instrumentos ofensivos vayan correctamente embalados.

- No se aceptan armas ni munición de guerra, con la excepción de personal militar que podrá llevar su arma personal pero no la munición.
- Se cumplirá con los procedimientos locales de seguridad para la aceptación de armas / munición.

- El pasajero debe hallarse en posesión de los permisos de exportación, tránsito e importación legales exigidos así como del Permiso de Armas relativo a las armas en cuestión.

- Las armas nunca estarán cargadas con munición y deben ir embaladas en un estuche o caja adecuados que puedan cerrarse con llave o combinación.

- El estuche o caja debe contener una copia de la autorización expedida por Intervención de Armas;

- La munición debe ser para uso personal deportivo o para caza y no podrá incluir munición con proyectiles explosivos o incendiarios.
- La munición se transportará en un maletín rígido e independiente del empleado para transportar el arma, en cantidades que no excedan de 5 kg (11 lb) peso bruto por pasajero.

1.2- Documentación requerida
Las armas reglamentadas, cuya adquisición, tenencia y uso estén autorizadas o permitidas, serán únicamente aceptadas como equipaje facturado siempre que se cumpla con las siguientes condiciones de aceptación:

En aeropuertos españoles:
- Los pasajeros que residen en España y los pertenecientes a la UE deberán presentar la siguiente documentación ante la Oficina de Intervención de Armas:
i.          DNI o pasaporte;
ii.         Licencia de armas;
iii.        Guía de pertenencia del arma;
iv.        Documento de transporte (billete);
v.         Tarjeta Europea de armas (países UE).

- En el caso de que la persona que facture el arma no sea el propietario de la misma, deberá también presentar una autorización del propietario para realizar el trámite de facturación.
- Los pasajeros extranjeros no pertenecientes a la UE deberán presentar la siguiente documentación ante la Oficina de Intervención de Armas:
i.          Pasaporte;
ii.         Permiso especial concedido a su entrada en España;
iii.        Documento de transporte (billete).

Se rellenará el impreso 790 (un impreso por viajero), procediéndose al pago de la tasa correspondiente, que se realizará en cualquier entidad bancaria próxima a la sala de intervención de armas. Para comodidad del pasajero, puede cumplimentar el modelo 790 y abonar la tasa en cualquier entidad bancaria antes de ir al aeropuerto.
Se le entregará, junto con el resguardo de haber abonado la tasa correspondiente, la autorización de embarque de armas.
Con la autorización de embarque de armas y los estuches de armas y municiones, deberá dirigirse al mostrador de facturación de Air Europa.

En aeropuertos no-españoles. Se procederá según normativa local vigente.

1.3- Franquicia de equipaje
Se aplicarán los cargos y procedimientos normales de exceso de equipaje en armas transportadas en exceso de la franquicia de equipaje.

1,4- Concepto de Peso
Se aplican los procedimientos normales para el concepto de peso en armas.
Concepto de Pieza
Se considerará como una pieza de equipaje con dimensiones totales de 158 cm (62 in), sin tener en cuenta sus dimensiones reales:
- Armas de fuego deportivas consistentes en no más de un estuche/caja con no más de dos rifles;
- 5 kg (11 lb) de munición;
- Una estera para pruebas de tiro;
- Protector auditivo, y
- Pequeñas herramientas para rifles.

O bien:
- Un estuche/caja de pistolas con no más de 5 pistolas;
- 5 kg (11 lb) de munición;
- Protector auditivo;
- Un punto de mira para pistola, y
- Pequeñas herramientas para pistola.

O bien, en el caso de material de esgrima:
- 2 hojas;
- 1 careta;
- 1 traje de esgrima convencional (chaqueta, plastrón y pantalones), y
- 1 par de guantes.

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2- BICICLETAS

2.1- Franquicia de equipaje
Concepto de Peso
- Las bicicletas no están incluidas en la franquicia de equipaje en vuelos regulares.
- Por cada vuelo se aplicará un suplemento, dentro del límite de 23 kg por equipo
- Si el peso de los equipos es superior a 23 kg, por cada kilo suplementario el pasajero deberá pagar la tarifa estándar aplicada a los excesos de equipaje.
Concepto de Pieza
- Las bicicletas no están incluidas en la franquicia de equipaje en vuelos regulares.

2.2- Proceso de aceptación
El pasajero debe presentar las bicicletas en facturación:
- Con el manillar recogido longitudinalmente;
- Con sus pedales retirados;
- Con sus partes extensibles retiradas o cubiertas;
- Con las ruedas deshinchadas (la rueda delantera irá desmontada y fijada al cuadro);
- Adecuadamente empaquetadas en bolsa o caja.

El número de bicicletas que se pueden aceptar está siempre sujeto al espacio y peso disponible en la bodega del avión, una vez cargado todo el equipaje de franquicia de los pasajeros. Su transporte se realiza con responsabilidad limitada por parte de Air Europa en caso de pérdida o deterioro durante el vuelo; por consiguiente, siempre se etiquetarán las bicicletas con tag de “Responsabilidad Limitada”.

Air Europa considera las cajas para bicicletas como único embalaje adecuado para bicicletas. La caja protege tanto a la bicicleta como al equipaje de otros pasajeros.

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3- EQUIPO DE SUBMARINISMO

El equipo de submarinismo consiste en:
- traje de buceo;
- chaleco;
- calcetines;
- máscara;
- calzado;
- linterna;
- redes;
- cuchillo;
- 1 botella de oxígeno vacía, y
- 1 regulador.

3.1- Franquicia de equipaje
Concepto de Peso
- Los equipos de submarinismo están incluidos en la franquicia de equipaje.
- Si se sobrepasa la franquicia autorizada, y dentro del límite de 23 kg por equipo, se aplicará un suplemento por vuelo.
- Si el peso de los equipos es superior a los 23 kg, por cada kg suplementario el pasajero deberá pagar la tarifa estándar aplicada a los excesos de equipaje.
Concepto de Pieza
- Los equipos de submarinismo están incluidos en la franquicia de equipaje.

3.2- Aceptación
Cuando el pasajero presente el equipo de submarinismo en facturación:

- Las botellas de aire comprimido se hallarán vacías y se facturarán siempre en bodega.
- Se deberán retirar la bombilla y las baterías de la linterna.

El número de equipos de submarinismo que se pueden aceptar está siempre sujeto al espacio y peso disponible en la bodega del avión, una vez cargado todo el equipaje de franquicia de los pasajeros.

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4. EQUIPO DE PESCA

El equipo de pesca consiste en:
- 2 cañas;
- 1 carrete;
- 1 red para mantenimiento de peces;
- 1 par de botas de pesca, y
- 1 caja de aparejos de pesca.

4.1- Concepto de peso
Se aplican los procedimientos normales para el concepto de peso en equipos de pesca.

4.2- Concepto de pieza
Se considerará un equipo de pesca como una pieza de equipaje con dimensiones totales de 158 cm (62 in), sin tener en cuenta sus dimensiones reales.

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5. EQUIPO DE GOLF

El equipo de golf consiste en:
- 1 bolsa de golf conteniendo palos de golf, y
- 1 par de zapatos de golf.

5.1- Franquicia de equipaje
Concepto de Peso
- Los equipos de golf están incluidos en la franquicia de equipaje.
- Si se sobrepasa la franquicia autorizada, y dentro del límite de 23 kg por equipo, se aplicará un suplemento por vuelo.
- Si el peso de los equipos es superior a los 23 kg, por cada kg suplementario el pasajero deberá pagar la tarifa estándar aplicada a los excesos de equipaje.
Concepto de Pieza
- Los equipos de golf están incluidos en la franquicia de equipaje.

5.2- Proceso de aceptación
El número de equipos de golf que se pueden aceptar está siempre sujeto al espacio y peso disponible en la bodega del avión, una vez cargado todo el equipaje de franquicia de los pasajeros.

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6. EQUIPO DE ESQUÍ ALPINO

El equipo de esquí consiste en:
- un par de esquís de nieve;
- un par de bastones, y
- un par de botas de esquí.

6.1- Franquicia de equipaje
Concepto de Peso
- Los equipos de esquí están incluidos en la franquicia de equipaje.
- Si se sobrepasa la franquicia autorizada, y dentro del límite de 23 kg por equipo, se aplicará un suplemento por vuelo.
- Si el peso de los equipos es superior a los 23 kg, por cada kg suplementario el pasajero deberá pagar la tarifa estándar aplicada a los excesos de equipaje.
Concepto de Pieza
- Los equipos de esquí están incluidos en la franquicia de equipaje.

6.2- Proceso de aceptación
Se recomienda embalar el equipo de esquí en una funda específica.
El número de equipos de esquí que se pueden aceptar está siempre sujeto al espacio y peso disponible en la bodega del avión, una vez cargado todo el equipaje de franquicia de los pasajeros.

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7. EQUIPO DE SNOWBOARD

El equipo de snowboard consiste en:
- una tabla, y
- un par de botas.

7.1- Franquicia de equipaje
Concepto de Peso
- Los equipos de snowboard están incluidos en la franquicia de equipaje.
- Si se sobrepasa la franquicia autorizada, y dentro del límite de 23 kg por equipo, se aplicará un suplemento por vuelo.
- Si el peso de los equipos es superior a 23 kg, por cada kilo suplementario el pasajero deberá pagar la tarifa estándar aplicada a los excesos de equipaje.
Concepto de Pieza
- Los equipos de snowboard están incluidos en la franquicia de equipaje.

7.2- Proceso de aceptación
Se recomienda embalar el equipo de snowboard en una funda específica.

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8. EQUIPO DE ESQUÍ ACUÁTICO

El equipo de esquí acuático consiste en:
- un par de esquís acuáticos estándar, o
- un esquí acuático de slalom.

8.1- Franquicia de equipaje
Concepto de Peso
Se aplican los procedimientos normales para el concepto de peso en equipos de esquí.

Concepto de Pieza
Se considerará el equipo de esquí acuático como una pieza de equipaje con dimensiones totales de 158 cm (62 in), sin tener en cuenta sus dimensiones reales.

8.2- Proceso de aceptación
El número de equipos de esquí que se pueden aceptar está siempre sujeto al espacio y peso disponible en la bodega del avión, una vez cargado todo el equipaje de franquicia de los pasajeros. Su transporte se realiza con responsabilidad limitada por parte de Air Europa en caso de pérdida o deterioro durante el vuelo; por consiguiente, siempre se etiquetarán los equipos de esquí con tag de “Responsabilidad Limitada”.

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9. EQUIPO DE SURF (WINDSURF, PLANCHA DE SURF Y KITE SURF)

El equipo de surf puede consistir en:
- una tabla de surf;
- un mástil;
- una vela, y
- una botavara.

O bien:
- una plancha de surf.

O bien:
- una cometa o paracaídas;
- una barra, y
- una tabla.

9.1- Franquicia de equipaje
Concepto de Peso
- Los equipos de surf no están incluidos en la franquicia de equipaje en vuelos regulares.
- Por cada vuelo se aplicará un suplemento, dentro del límite de 23 kg por equipo:.
- Si el peso de los equipos es superior a 23 kg, por cada kilo suplementario el pasajero deberá pagar la tarifa estándar aplicada a los excesos de equipaje.

Concepto de Pieza
- Los equipos de surf no están incluidos en la franquicia de equipaje en vuelos regulares.

9.2- Proceso de aceptación
- El equipo de surf debe protegerse con un embalaje apropiado.
- El número de equipos de surf que se pueden aceptar está siempre sujeto al espacio y peso disponible en la bodega del avión, una vez cargado todo el equipaje de franquicia de los pasajeros.
- El equipo de surf (tabla de surf y mástil) que no exceda de 300 cm (118 in) sumando las tres dimensiones, se podrá aceptar como equipaje facturado.
- El equipo de surf (tabla de surf y mástil) que exceda de 300 cm (118 in) sumando las tres dimensiones, se enviará como mercancía siendo entonces responsabilidad del Departamento de Cargo de Air Europa.

©Air Europa Líneas Aéreas, S.A.U. ·Centro Empresarial Globalia. Apdo. Correos-132. 07620 Llucmajor - Baleares - España Reg. Merc. Palma de Mallorca, Folio 124, Tomo 461, Libro 383, Sección 3ª, Hoja nº 10069. CIF/VAT nº ESA 07129430
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